Mujeres trabajadoras realizan foro sobre el convenio 190 y la Recomendación 206 de la OIT, CONTRA LA VIOLENCIA Y EL ACOSO CO EN EL MUNDO DEL TRABAJO
Amanda VillaToro, secretaria de Educación y Política Sindical de la CSA

Santo Domingo. -El Comité Intersindical de la Mujer Trabajadora (CIMTRA) perteneciente a las Centrales Sindicales, Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC), Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS) y Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD), realizan este foro sobre el convenio 190 y la Recomendación 206 de la OIT, CONTRA LA VIOLENCIA Y EL ACOSO CO EN EL MUNDO DEL TRABAJO, para documentar a los/as trabajadores/as, entidades oficiales y a la sociedad sobre la importancia y necesidad de que esta norma sea ratificada por el país, para hacer frente al flagelo de la violencia y el acoso laboral.
Esta norma que fue adoptada en la 108 conferencia de la Organización Internacional del Trabajo el 21 de junio pasado, por gobiernos, empleadores y trabajadores de diferentes países, tiene como fin que sea una herramienta que sirva de legislación global con impacto nacional, con el fin de contrarrestar la violencia y acoso en el mundo del trabajo y que busca que los mandantes de la OIT de manera tripartita adopten iniciativas para prevenir, sancionar y reparar a las víctimas de violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
La expresión «violencia y acoso» en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género, que es cuando van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye también el acoso sexual.
Ver video aquí : Foro sobre el convenio 190 y la Recomendación 206 de la OIT, CONTRA LA VIOLENCIA Y EL ACOSO CO EN EL MUNDO DEL TRABAJO
«La violencia y acoso en el trabajo, no son compatibles con el trabajo decente ya que es una violación a los derechos humanos; es una amenaza a la dignidad, la seguridad, la salud y el bienestar de las personas y genera grandes pérdidas a las empresas en términos de productividad, ganancias y daño a su reputación» El estas normas (conv. 190 y recomendación 206) reconocen entre otros aspectos:
- [ ] Que se debe aplicar un enfoque inclusivo e integral en el empleo teniendo en cuenta el enfoque de género.
- [ ] Abordar la seguridad, y salud en el trabajo, la igualdad y no discriminación para prevenir la violencia y el acoso.
- [ ] Se aplica a todos los grupos de trabajadores públicos y privados sin excepción, incluyendo los del sector informal y especialmente a los de grupos más vulnerables.
- [ ] Que la violencia domestica tiene impactos que pueden afectar el empleo, la productividad, así como la salud y seguridad en el trabajo, por lo que trabajadores, así como las los gobiernos los empleadores y instituciones que inciden en el ámbito del trabajo, deben contribuir como parte de medidas a reconocer, afrontar y abordar el impacto de la violencia doméstica.
- [ ] Que la libertad sindical y la negociación colectiva son elementos claves para enfrentar la violencia laboral, tomando en consideración la inclusión de medidas de prevención, sanción y reparación de las víctimas.
En tal sentido, estamos haciendo un llamado al gobierno dominicano y a los empleadores del país, a unir voluntades junto al movimiento sindical para ratificar el convenio 190 de la OIT y la recomendación 206, como instrumentos que orientan para adoptar medidas que contribuyan con la erradicación de la violencia en el mundo del trabajo.




